La
nulidad de las comisiones por reclamación de la deuda ha sido dictada
muchas veces en los tribunales, pero ¿cuáles son los intereses y los costes legítimos de un descubierto en tu entidad?
muchas veces en los tribunales, pero ¿cuáles son los intereses y los costes legítimos de un descubierto en tu entidad?
GABRIELE
FERLUGA Madrid 24 MAR 2018 -
11:32 CET
Dejar
que la cuenta bancaria se vacíe por completo y pase a tener un saldo negativo
no es solo un desagradable contratiempo, sino un imprevisto que puede salir muy
caro. A los números rojos es posible llegar simplemente porque no se tiene un
control estricto sobre su propia cuenta, de manera que los pagos domiciliados
se suman a los cobros con tarjeta o las retiradas de efectivo, sin que el
usuario se percate de que está utilizando más dinero del que posee. En este
caso, su cuenta estará en descubierto y la entidad podría aplicarle tres
penalizaciones: una comisión por reclamación de la posición deudora, los
intereses de demora, y la comisión por descubiertos.
Por
llamarte o enviarte un mail, 35 euros
El
saldo de tu cuenta lleva un menos por delante. Pésima señal, ya que este mero
hecho se traducirá, quizá, en una llamada telefónica, una carta u otra
comunicación del banco para avisarte de lo que está pasando. Posiblemente la
entidad entienda que, por haber llevado esta gestión, tendrá que cobrarte una
cantidad de dinero que varía según el banco en que hayas creado la cuenta, pero
que en los casos más frecuentes “ronda los 35 o 40 euros”, señalan desde la
asociación de usuarios Adicae. Es la llamada comisión por reclamación de la
posición deudora.
“Esta comisión, sin embargo, no se cobra
siempre”, matiza Antonio Gallardo, experto en finanzas del comparador bancario
iAhorro!. “En la mayoría de los casos se aplica a partir del segundo o tercer
día de descubierto en la cuenta, pero tiene que existir una petición real por
parte del banco, por carta, SMS, mail…”, detalla. Si la comisión hubiera sido
aplicada de forma automática, sin una comunicación previa, este experto
aconseja pedir al banco su anulación.
“En
reiteradas ocasiones la reclamación de posición deudora ha sido declarada nula
por la jurisprudencia”, señala Silvina Palacios, abogada del bufete Sanahuja
Miranda. “Esta comisión no se corresponde con ningún servicio prestado por la
entidad y no existe proporcionalidad entre el coste que se le impone al cliente
y el gasto que la reclamación representa para la entidad”, asegura Palacios. El
banco tendrá entonces que devolver el importe abonado por el cliente más los
intereses legales. Sin embargo, no siempre al cliente le resulta económicamente
conveniente iniciar un procedimiento para obtener la nulidad. Por ello, es más
habitual incluir esta solicitud en el marco de una devolución de la cláusula
suelo o de gastos hipotecarios cobrados abusivamente, en palabras de la
letrada.
Por
prestarte dinero, 7,5%
A
la cuota correspondiente a la reclamación de la deuda, el cliente deberá añadir
los intereses de demora, es decir, aquellos que se producen mientras la cuenta
esté en números rojos. Al fin y al cabo, “el descubierto no deja de ser un
crédito que el banco concede a sus clientes, principalmente, para que puedan
hacer frente a pagos urgentes, como los recibos de los suministros, y como tal
se justifica el pago de intereses”, explica Gallardo.
En
todo caso, los tipos de estos intereses nominales anuales, que se aplican al
mayor importe del saldo negativo, no pueden superar en más de 2,5 veces el tipo
de interés legal del dinero, que cada año fija el Gobierno y que en 2018 es del
3%. Es decir, el techo de los intereses nominales anuales que el banco cobra
sobre los descubiertos se encuentra en el 7,5%. Este es el tipo que aplican
Ibercaja, Liberbank y Kutxabank, tal y como recoge el Banco de España. Les
siguen Bankia, con un tipo del 7,37%, Unicaja, con el 7,30%, CaixaBank, con el
7,29%, Santander, BBVA, Open Bank e ING, con el 7,25%, y Sabadell, con el
7,19%. Por el contrario, Bankinter no aplica intereses de demora.
“En
los intereses no hay muchos problemas. Al ser un tipo anual y al tener los
descubiertos un plazo de media corto, los importes que se pagan por este
concepto no suelen ser muy grandes”, explica Gallardo. Como se evidencia en el
gráfico, si un hipotético cliente tuviera un descubierto en su cuenta por 300
euros durante 30 días, pagaría por intereses de demora aproximadamente 1,88
euros en Ibercaja, Liberbank y Kutxabank, y 1,81 euros en Santander, BBVA,
OpenBank e ING Direct.
Porque
tienes saldo negativo, 5%
El
cobro de la comisión por descubiertos propiamente dicha, por el contrario, genera
perplejidad en este experto, ya que, con respecto a los intereses de demora, se
pierde el concepto de proporcionalidad. En efecto, esta comisión es un
porcentaje sobre el importe máximo del saldo negativo que es fijo, sin que
importe el número de días en el que se produjo el descubierto. Es decir, a un
saldo negativo de 300 euros durante dos días se le aplicará la misma comisión
que si los mismos números rojos se hubiesen producido durante dos meses.
Si
OpenBank e ING Direct no tienen comisión por descubierto, las demás entidades
aplican sobre el máximo importe una penalización que va del 1,82% de CaixaBank
al 5% de Santander, pasando por Bankia, con el 3,68%, Kutxabank, con el 4%, y
BBVA, Sabadell, Bankinter, Ibercaja, Liberbank y Unicaja, con el 4,50%.
Santander, BBVA, Sabadell, Ibercaja y Liberbank, además, han establecido unas
comisiones mínimas, de 18 euros en el caso de la primera entidad, y 15 euros
las otras.
“Esta
comisión es legítima”, zanja Palacios, “siempre y cuando no se aplique sobre
descubiertos generados por la misma entidad, al cargar recibos de préstamo o
comisiones del propio banco, entre otros conceptos”. Las condiciones por las
que se aplica esta comisión son de las más diversas y dependen de cada entidad.
Los clientes pueden solicitar al banco que no pague recibo alguno que implique
colocar la cuenta en números rojos y hay entidades que devuelven el importe del
cargo automático del descubierto si la situación se subsana en un plazo
determinado. “La casuística es muy variada, por lo que conviene consultar con
la entidad qué condiciones tiene al respecto”, aconseja esta abogada.
Una
comisión legítima
De
todas formas, si se sumaran intereses y comisiones, el hipotético descubierto
de 300 euros durante 30 días se saldaría, en el más caro de los supuestos –el
del Santander– con el pago de 19,81 euros. Y esto, sin contar la comisión por
reclamación. Como se observa en el gráfico, la mayoría de los 12 bancos
incluidos en esta simulación cobrarían importes de dos dígitos, mientras que en
Open Bank e ING se darían las condiciones más económicas (1,81 euros).
Ante
estos cobros por parte de los bancos, que en opinión de Gallardo se justifican
más bien por su fin “sancionador y recaudador”, poco puede hacer el usuario.
“Muchos clientes buscan retroceder las comisiones, pero no es lo más común”,
señala este experto, “ya que están informadas tanto en los folletos de tarifas
máximas que publica la entidad, como en el Banco de España, con lo que anular
las mismas al final no deja de ser una decisión caso por caso de la entidad
financiera, muy vinculada a la reclamación y posición del cliente”.
El
consejo de Gallardo para el cliente común, que no dispone de grandes cantidades
de dinero en su cuenta, es abandonar el uso recurrente de los descubiertos en
la medida de lo posible, o analizar las entidades y compararlas. En su opinión,
si el criterio que prima es la cuantía de las comisiones por descubierto, se
tratará de escoger aquel banco que ofrece los costes menores.
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