El
Ministerio de Trabajo y las entidades bancarias alcanzan un acuerdo para
que no haya que esperar a principios de mes para cobrar el paro de las nuevas prestaciones que se reconozcan durante la crisis del covid-19
que no haya que esperar a principios de mes para cobrar el paro de las nuevas prestaciones que se reconozcan durante la crisis del covid-19
Como
adelantábamos ayer tras la comparecencia en el Senado del Presidente del
Gobierno y de la Ministra de Trabajo, a lo largo del mes de mayo el SEPE irá
aprobando las 300.000 prestaciones por ERTE que aún quedan pendientes de tramitar
y se irán pagando día a día.
Además,
se va a extender este sistema de pago anticipado a todas aquellas nuevas
prestaciones, además de los ERTE, que se reconozcan desde el 1 de mayo.
Esto
significa que en los casos especiales de prestaciones por ERTE y prestaciones y
subsidios nuevos que se reconozcan desde el 1 de mayo, en lugar de esperar a la
nómina mensual del SEPE, se podrán cobrar en el mismo día del mes en que se
hayan aprobado.
Desde
el Ministerio de Trabajo se explica que el funcionamiento es el siguiente: el
SEPE reconoce la prestación por desempleo, se lo comunica a la entidad
financiera, y a partir de este momento, esta puede ofrecer el anticipo
directamente a los beneficiarios para que dispongan del dinero con antelación y
puedan así hacer frente a sus gastos.
¿Quién
se va a beneficiar de este adelanto del pago de prestaciones por desempleo?
Podrán
recibir anticipadamente el pago de las prestaciones aquellas personas a las que
el SEPE reconozca una prestación o subsidio por desempleo desde el 1 de mayo,
con efectos económicos retroactivos al inicio de esta crisis sanitaria.
Esto
ha sido posible gracias a un convenio de colaboración con el Ministerio de
Trabajo y Economía Social (MTES) y el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE)
con las asociaciones bancarias AEB, CECA (bancos procedentes de las antiguas
cajas de ahorros) y UNACC (Unión Nacional de Cooperativas de Crédito).
El
acuerdo establece que el tipo de interés aplicable a la operación será del 0%.
Además, no existirá ningún tipo de comisión por realizar esta operación, ni se
exigirá ninguna garantía para su cobro.
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